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Acta de constitución de una SAS: qué debe contener y cómo registrarla

Yesica Katterine Espinosa Díaz, abogada de Network C Abogados
La SAS se crea mediante documento privado inscrito en el registro mercantil de la Cámara de Comercio del domicilio, según la Ley 1258 de 2008. El documento debe incluir, como mínimo, los datos de los accionistas, la razón social con la sigla "S.A.S.", el domicilio, la duración, el objeto, el capital y la forma de administración.

Contenido mínimo del documento de constitución

  1. Nombre, documento de identidad y domicilio de los accionistas.
  2. Razón social seguida de las palabras "sociedad por acciones simplificada" o la sigla "S.A.S.".
  3. Domicilio principal de la sociedad y de las sucursales, si las hay.
  4. Término de duración, que puede ser indefinido.
  5. Objeto social. Si no se especifica, la sociedad puede realizar cualquier actividad lícita.
  6. Capital autorizado, suscrito y pagado; clase, número y valor nominal de las acciones; forma y términos de pago.
  7. Forma de administración, con el nombre, la identificación y las facultades de los administradores. Debe designarse al menos un representante legal.

Pasos para constituir la SAS

  1. Verificar que el nombre esté disponible.
  2. Redactar los estatutos y el documento de constitución.
  3. Firmar el documento y presentarlo ante la Cámara de Comercio.
  4. Obtener el RUT y la matrícula mercantil.
  5. Abrir la cuenta bancaria y cumplir las obligaciones tributarias y de datos personales.

Cláusulas que conviene no dejar en plantilla

  • Derecho de preferencia en la venta de acciones.
  • Mayorías para decisiones importantes.
  • Resolución de conflictos entre accionistas.
  • Facultades y límites del representante legal.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es el acta de constitución de una SAS?

Es el documento privado con el que los accionistas crean la sociedad y fijan sus estatutos. Se inscribe en el registro mercantil de la Cámara de Comercio del domicilio.

¿Una SAS puede tener un solo accionista?

Sí. La SAS puede constituirse con una o varias personas naturales o jurídicas.

¿Se necesita escritura pública para crear una SAS?

No, por regla general basta un documento privado. Se requiere escritura pública cuando se aportan bienes cuya transferencia la exige, como inmuebles.

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Escrito por Yesica Katterine Espinosa Díaz, abogada, magíster en protección de datos personales. Actualizado el 28/10/2026. Este contenido es informativo y no reemplaza una asesoría sobre tu caso concreto.