Network C Abogados · Servicios legales a cargo de la abogada Yesica Katterine Espinosa Díaz
Consulta

Inicio / Guías / Prestación de servicios vs. laboral

Empresas · Laboral

Contrato de prestación de servicios vs. contrato laboral: diferencias y riesgos

Yesica Katterine Espinosa Díaz, abogada de Network C Abogados
Un contrato laboral existe cuando hay prestación personal del servicio, subordinación y salario (artículo 23 del CST), sin importar el nombre que se le dé al contrato. Si un "contratista" cumple horario, recibe órdenes y trabaja como un empleado, un juez puede declarar un contrato realidad (principio de primacía de la realidad, artículo 53 de la Constitución) y ordenar el pago de prestaciones, aportes a seguridad social e indemnizaciones.

Diferencias principales

Contrato laboralPrestación de servicios
SubordinaciónSí: horario, órdenes, reglamentoNo: autonomía técnica y administrativa
PagoSalarioHonorarios
Prestaciones socialesSí: cesantías, prima, vacacionesNo
Seguridad socialLa paga mayoritariamente el empleadorLa paga el contratista sobre el 40% de sus honorarios
TerminaciónReglas del CST e indemnización si es sin justa causaSegún lo pactado en el contrato

Señales de alerta de un contrato realidad

  • El contratista cumple un horario fijo y pide permiso para ausentarse.
  • Recibe órdenes directas y es sujeto de llamados de atención.
  • Usa uniforme, carné o correo como cualquier empleado y hace las mismas funciones que la planta.
  • El contrato se renueva sin interrupción por años, con pagos mensuales fijos.

Cómo contratar correctamente

  1. Usa prestación de servicios solo para actividades realmente independientes, por resultados o entregables.
  2. No impongas horario ni subordinación; pacta entregables, plazos y calidad.
  3. Verifica el pago de seguridad social del contratista.
  4. Si la labor es permanente y subordinada, vincula con contrato laboral.

Calcula lo que costaría una liquidación con la calculadora de liquidación laboral 2026.

Revisa tus contratos antes de que se conviertan en una demanda

Analizamos cómo trabajan tus contratistas y te decimos qué ajustar para reducir el riesgo de un contrato realidad. La consulta tiene un costo de $100.000, que se abona al valor del proceso si decides contratarlo. Se realiza presencial en Bogotá con cita previa o por videollamada, y en ella la Dra. Yesica revisa tu caso y, con base en su experiencia, te indica qué se debe hacer y cuál es la ruta a seguir.

¿Estás en Bogotá? Atención presencial con cita previa y por videollamada en todas las localidades.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre contrato laboral y de prestación de servicios?

En el contrato laboral hay subordinación, salario y prestaciones sociales; en el de prestación de servicios el contratista trabaja con autonomía, recibe honorarios y paga su propia seguridad social.

¿Qué es un contrato realidad?

Es la declaración de que existió una relación laboral, aunque el contrato se llamara de otra forma, porque en la práctica hubo prestación personal, subordinación y pago. Da derecho a prestaciones, aportes e indemnizaciones.

También te puede servir

Abogada laboral

Asesoría para empleadores.

Leer →

Escrito por Yesica Katterine Espinosa Díaz, abogada, magíster en protección de datos personales. Actualizado el 28/10/2026. Este contenido es informativo y no reemplaza una asesoría sobre tu caso concreto.